FAQS Preguntas Frecuentes
¿Qué importe puedo reclamar a través de Acuerdo?
El importe mínimo son 500 €.
¿Qué documentación tengo que facilitar a Acuerdo para gestionar mis impagados?
- En vía amistosa información de la deuda y datos de contacto del deudor.
- En vía judicial toda la documentación que acredite la relación contractual de las partes, incluido cualquier soporte documental de lo que se reclama (i.e. facturas, contrato, presupuesto, correos electrónicos, etc.)
¿Qué deudas puedo reclamar? ¿sólo facturas?
Gestionamos cualquier reclamación de cantidad: impago de facturas; deuda generada por incumplimiento de contrato; impago de préstamos y tarjetas; rentas de alquiler; etc.
¿Puedo reclamar deudas antiguas?
- En vía amistosa la antigüedad de la deuda no puede ser superior a 3 años.
- En vía judicial la deuda no puede haber prescrito y recomendamos que no sea superior a 5 años.
¿La gestión es 100% automática? ¿hay interlocutor?
No, la gestión es ágil y eficaz, pero no 100% automática. En Acuerdo siempre que quiera y lo necesite tendrá acceso a un interlocutor.